Normatividad

Artículo 121 – Fracción VIII

El directorio de todas las personas servidoras públicas, desde el titular del sujeto obligado hasta el jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, fotografía, cargo o asignado asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales;

El periodo de actualización de esta información es: Trimestral

Actualización: 31 – 03 – 2024

Área (s) o unidad (es) administrativa (s) responsable (s) de la información: Secretaría Administrativa

Directorio del Instituto Electoral de la Ciudad de México.

Consulta el directorio del personal que labora en el IECM

Selecciona el área que desea consultar.

Nota 1 : El personal que aparece repetido en el directorio es debido a que, además de sus funciones, operan las acciones de los cargos en los que son encargados de despacho o comisionados temporales.

Nota 2 : En los casos de las y los funcionarios que no se incluye fotografía en el Directorio Institucional, es debido a que por el nivel del cargo o puesto no requiere la publicación de la misma.

Oficinas de consejeras y consejeros electorales

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