Consulta ciudadana 2011 marzo 27
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El Jefe de Gobierno, la Asamblea Legislativa, el Instituto Electoral, los Jefes Delegacionales y los Consejos Ciudadanos Delegacionales, con fundamento en los artículos 47, 48, 83, 84, inciso b), 199, 200, 201, 202, 203, 204, Décimo Cuarto Transitorio de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, Décimo Tercero Transitorio del Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2011,  y en atención a la Base Primera, segundo punto, y Base Cuarta, último párrafo, ambos de la Convocatoria para la Consulta Ciudadana en materia de Presupuesto Participativo 2011:

ACUERDAN

Que con la finalidad de determinar los proyectos específicos en que habrán de aplicarse los recursos autorizados en materia de Presupuesto Participativo para el ejercicio 2011, en las Colonias o Pueblos del Distrito Federal en donde se actualice cualquiera de los siguientes supuestos:

  1. En donde exista una imposibilidad física o legal, que impida la ejecución de los proyectos que fueron seleccionados en la Consulta Ciudadana efectuada del 27 de marzo de 2011, la cual deberá ser ampliamente justificada por la autoridad Delegacional; o,

  1. En los casos, que posterior a la ejecución de los proyectos seleccionados en la Consulta Ciudadana efectuada del 27 de marzo de 2011, existan en la partida respectiva, remantes presupuestales.

  1. En donde se hubiesen presentado como resultado de la Consulta Ciudadana efectuada del 27 de marzo de 2011, un empate de dos o más proyectos en primer lugar.

  1. No se hubiesen elegido o integrado un Comité Ciudadano o Consejo del Pueblo;

  1. En donde los referidos órganos de participación no hubiesen intervenido en la Consulta Ciudadana efectuada del 27 de marzo de 2011;

En las Colonias o Pueblos, en donde exista una imposibilidad física o legal, que impida la ejecución de los proyectos que fueron seleccionados en la Consulta Ciudadana efectuada del 27 de marzo de 2011, así como, en los casos, que posterior a la ejecución de los proyectos respectivos, existan remanentes presupuestales en la partida respectiva, el Jefe Delegacional podrá continuar con  la ejecución de los otros proyectos que hubiesen participado en la Consulta Ciudadana de la colonia o pueblo de que se trate, respetando en todo momento la prelación que existía entre ellos. En el primero de los casos, será obligatorio que el Jefe Delegacional hubiese justificado de forma previa a las demás autoridades en materia de presupuesto participativo, la existencia de dicha imposibilidad, de manera amplia y detallada , incluyendo las documentales necesarias.

En los supuestos, en donde no se hubiesen elegido o integrado un Comité Ciudadano o Consejo del Pueblo, o donde los referidos órganos de participación no hubiesen intervenido en la Consulta Ciudadana efectuada del 27 de marzo de 2011, o en donde, se hubiesen presentado como resultado de la referida Consulta, un empate de dos o más proyectos en primer lugar, los Consejos Ciudadanos Delegacionales que correspondan, deberá seleccionar un proyecto prioritario, para lo cual, dicho órgano participativo deberá seguir las siguientes:

REGLAS OPERATIVAS

PRIMERA. Los Consejos Ciudadanos Delegacionales, deberán convocar a una sesión extraordinaria dentro de los  cinco días posteriores a la publicación del presente acuerdo, atendiendo lo dispuesto por el artículo 249, segundo párrafo de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal. 

SEGUNDA. El mecanismo o mecanismos que se utilicen para la selección de los proyectos prioritarios, serán determinados por cada uno de los Consejos Ciudadanos Delegacionales según corresponda, tomando únicamente en consideración los siguientes aspectos:

    1. En las Colonias o Pueblos, en donde sí se cuente con un Comité Ciudadano o Consejo del Pueblo, sus integrantes tendrán el derecho de asistir en calidad de invitados a la sesión extraordinaria de selección que celebren los Consejos Ciudadanos Delegaciones. Para lo anterior, dichos Consejos deberán convocar a todos los integrantes de los respectivos Comités o Consejos.

    2. En los demás casos, los Consejos Ciudadanos Delegaciones deberán  seleccionar un proyecto que cumpla con los requisitos que se precisaron en la Base Primera, puntos séptimo y octavo, tercer párrafo de la Convocatoria para la Consulta Ciudadana en materia de Presupuesto Participativo 2011 publicada el 18 de marzo del presente año, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal;

TERCERA. Los Consejos Ciudadanos Delegacionales deberán informar por escrito al Instituto Electoral del Distrito Federal, a través de sus Direcciones Distritales cabeceras de Delegación, antes del 25 de mayo del año en curso, sobre los proyectos prioritarios que hayan seleccionado por cada una de las Colonias o Pueblos según corresponda. El documento original en el que conste la selección de proyectos, deberá acompañarse de una copia simple del Acta de la Asamblea respectiva.

CUARTA. El Instituto Electoral del Distrito Federal por conducto de su Secretario Ejecutivo, remitirá a más tardar el 27 de mayo de 2011, al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, de Hacienda y de Participación Ciudadana de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y a las Jefaturas Delegacionales que correspondan, copias certificadas de los documentos en donde consten las selecciones de los proyectos prioritarios de las referidas Colonias o Pueblos.

QUINTA. La determinación de los proyectos específicos será ejecutada por las Jefaturas Delegaciones en coordinación con los respectivos Consejos Ciudadanos Delegacionales, salvo que se trate de asentamientos irregulares o contravenga disposiciones jurídicas vigentes.

SEXTA. Los casos no previstos serán resueltos por cada uno de los Consejos Ciudadanos Delegacionales, según corresponda.

SEPTIMA. Las Colonias o Pueblos que no han elegido o integrado un Comité Ciudadano o un Consejo del Pueblo, o en donde, los referidos órganos de participación no intervinieron en la Consulta Ciudadana efectuada del 27 de marzo de 2011, son identificadas en el anexo del presente acuerdo. En los demás casos, las Jefaturas Delegacionales antes del 18 de mayo del año en curso, deberán de informar al Instituto Electoral del Distrito Federal, a los Consejos Ciudadanos Delegacionales, y a las demás autoridades en materia de presupuesto participativo, que colonias o pueblos recaen en 3 o 4 del presente Acuerdo.

OCTAVA. Por último, y con la finalidad de atender los principios de certeza y legalidad, que rigen su actuar, el Instituto Electoral del Distrito Federal  notificará por escrito el presente acuerdo, a los Consejos Ciudadanos Delegacionales correspondiente, al día hábil siguiente de su suscripción.

México, Distrito Federal, a 13 de mayo de 2011.

Relación de colonias y pueblos del Distrito Federal donde no se realizó la Consulta Ciudadana sobre la aplicación del presupuesto participativo en el Distrito Federal celebrada el 27 de marzo de 2011

Delegación

Distrito

Clave colonia

Nombre de la Colonia

ALVARO OBREGÓN

XXI

10-202

SANTA LUCIA (PBLO)

ALVARO OBREGÓN

XXV

10-133

COL. LOMAS DE LAS ÁGUILAS

ÁLVARO OBREGÓN

XVIII

10-040

CAROLA

ÁLVARO OBREGÓN

XVIII

10-099

LA CENTRAL

ÁLVARO OBREGÓN

XVIII

10-117

LAS AMERICAS

ÁLVARO OBREGÓN

XVIII

10-169

PARQUE RESIDENCIAL SAN ANTONIO (U HAB)

ÁLVARO OBREGÓN

XVIII

10-191

SACRAMENTO

ÁLVARO OBREGÓN

XVIII

10-230

TORRES SAN PEDRO (U HAB)

ÁLVARO OBREGÓN

XXI

10-015

ARBOLEDAS POLITOCO

ÁLVARO OBREGÓN

XXI

10-061

EL CUERNITO

ÁLVARO OBREGÓN

XXI

10-104

LA LOMA

ÁLVARO OBREGÓN

XXI

10-140

LOMAS DE SANTA FE

ÁLVARO OBREGÓN

XXI

10-148

MARGARITA M DE JUAREZ

ÁLVARO OBREGÓN

XXI

10-225

TLAYAPACA

ÁLVARO OBREGÓN

XXI

10-248

LOMAS DE SANTA FE II

ÁLVARO OBREGÓN

XXV

10-016

ARCOS DE CENTENARIO

ÁLVARO OBREGÓN

XXV

10-068

EL RUEDO

ÁLVARO OBREGÓN

XXV

10-108

LA OTRA BANDA

ÁLVARO OBREGÓN

XXV

10-144

LOMAS DE TETELPAN

ÁLVARO OBREGÓN

XXV

10-238

VILLA VERDUN

ÁLVARO OBREGÓN

XXV

10-051

DE TARANGO (RNCDA)

ÁLVARO OBREGÓN

XVIII

10-058

EL BOSQUE SECCION TORRES

AZCAPOTZALCO

III

02-031

FUENTES DE AZCAPOTZALCO-PARQUES DE AZCAPOTZALCO (U HAB)

AZCAPOTZALCO

V

02-016

COL. AMPLIACIÓN DEL GAS

AZCAPOTZALCO

V

02-090

SANTA BARBARA (PBLO)

BENITO JUÁREZ

XVII

14-011

DEL LAGO

BENITO JUÁREZ

XX

14-059

DEL VALLE VII

BENITO JUÁREZ

XVII

14-067

PORTALES II

COYOACÁN

XXXI

03-062

JARDINES DEL PEDREGAL

COYOACÁN

XXX

03-080

LOS SAUCES (FRACC)

COYOACÁN

XXVII

03-097

RANCHO EL ROSARIO

CUAJIMALPA DE MORELOS

XXI

04-032

LOMAS DE VISTA HERMOSA

CUAJIMALPA DE MORELOS

XXI

04-042

RETAMA

CUAJIMALPA DE MORELOS

XXI

04-055

PORTAL DEL SOL

GUSTAVO A. MADERO

II

05-147

REVOLUCIÓN IMSS (U HAB)

GUSTAVO A. MADERO

II

05-178

SUTIC VALLEJO (U HAB)

GUSTAVO A. MADERO

IV

05-138

PLAZA ORIENTE (RDCIAL)

GUSTAVO A. MADERO

VII

05-013

BONDOJITO

IZTAPALAPA

XXII

07-218

SANTA ROSA (BARR)

IZTAPALAPA

XXVIII

07-238

VALLE DE LUCES II

IZTAPALAPA

XXVIII

07-252

ZONA MILITAR FAVE SEDENA (U HAB)

IZTAPALAPA

XXXII

07-140

MINAS POLVORILLA (U HAB)

IZTAPALAPA

XXXII

07-147

MOYOCOYANI (U HAB)

IZTAPALAPA

XXXII

07-159

PLENITUD (U HAB)

IZTAPALAPA

XXXII

07-208

SANTA CRUZ VI (U HAB)

IZTAPALAPA

XXXII

07-209

SANTA CRUZ VII (U HAB)

IZTAPALAPA

XXIII

07-203

SAN SEBASTIAN TECOLOXTITLAN (PBLO)

IZTAPALAPA

XXXII

07-148

NA HAL TI (U HAB)

MAGDALENA CONTRERAS, LA

XXXIII

08-018

INFONAVIT (U HAB)

MIGUEL HIDALGO

IX

16-012

ANGEL ZIMBRON

MIGUEL HIDALGO

IX

16-020

CAMPO MILITAR 1A (Z MIL)

MIGUEL HIDALGO

IX

16-048

MANUEL AVILA CAMACHO

MIGUEL HIDALGO

IX

16-051

MILITAR 1 K LOMAS DE SOTELO (U HAB)

MIGUEL HIDALGO

XIV

16-015

BOSQUE DE CHAPULTEPEC I, II Y III SECCIONES

MIGUEL HIDALGO

XIV

16-026

DEL BOSQUE (POLANCO)

MIGUEL HIDALGO

XIV

16-039

LOMAS ALTAS

MIGUEL HIDALGO

XIV

16-047

LOS MORALES (POLANCO)

MIGUEL HIDALGO

XIV

16-054

MORALES SECCION ALAMEDA (POLANCO)

MIGUEL HIDALGO

XIV

16-055

MORALES SECCION PALMAS (POLANCO)

MIGUEL HIDALGO

XIV

16-059

PALMITAS (POLANCO)

MIGUEL HIDALGO

XIV

16-065

POLANCO REFORMA (POLANCO)

MIGUEL HIDALGO

XIV

16-071

RINCON DEL BOSQUE

TLALPAN

XL

12-055

HEROES DE 1910

TLALPAN

XL

12-088

LOS PASTORES

TLALPAN

XL

12-098

MIRADOR 3A SECC

TLALPAN

XL

12-139

RESIDENCIAL INSURGENTES SUR I (U HAB)

TLALPAN

XL

12-140

RESIDENCIAL INSURGENTES SUR II (U HAB)

TLALPAN

XL

12-179

TLALPUENTE

TLALPAN

XXXVII

12-190

VILLA CHARRA

TLALPAN

XXXVII

12-203

ZACAYUCAN PEÑA POBRE

TLALPAN

XXXVIII

12-021

CHIMALI (FRACC)

TLALPAN

XXXVIII

12-025

COLINAS DEL BOSQUE

TLALPAN

XXXVIII

12-043

FLORESTA COYOACAN

TLALPAN

XXXVIII

12-054

HCO COLEGIO MILITAR SAN PEDRO MARTIR (Z MIL)

TLALPAN

XXXVIII

12-063

ISSSFAM No. 7 (U HAB)

TLALPAN

XXXVIII

12-064

JARDINES COAPA

TLALPAN

XXXVIII

12-109

NUEVA ORIENTAL COAPA

TLALPAN

XXXVIII

12-122

PEDREGAL DE TEPEPAN (FRACC)

TLALPAN

XXXVIII

12-134

PUERTA TEPEPAN (U HAB)

TLALPAN

XXXVIII

12-135

RAMOS MILLAN (FRACC)

TLALPAN

XXXVIII

12-136

RANCHO LOS COLORINES (FRACC)

TLALPAN

XXXVIII

12-141

RINCON DE SAN JUAN (FRACC)

TLALPAN

XXXVIII

12-142

RINCON LAS HADAS

TLALPAN

XXXVIII

12-144

RINCONADA COAPA 1A SECCION

TLALPAN

XXXVIII

12-149

SAN BUENAVENTURA

TLALPAN

XXXVIII

12-192

VILLA CUEMANCO

TLALPAN

XXXVIII

12-197

VILLAS DEL SUR

TLALPAN

XXXVIII

12-093

MAGISTERIAL COAPA

TLALPAN

XXXVIII

12-150

SAN FERNANDO (BARR)

TLALPAN

XXXVIII

12-196

VILLA TLALPAN

TLALPAN

XXXVII

12-026

CONDOMINIO DEL BOSQUE (FRACC)-BOSQUE DE TLALPAN

TLALPAN

XXXVIII

12-023

CLUB DE GOLF MÉXICO

XOCHIMILCO

XXXIX

13-001

ALTOS TEPETLICA

XOCHIMILCO

XXXVI

13-070

TESMIC (RDCIAL)

 


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