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Viernes 23 de febrero de 2018-Aprueba IECM cantidades que partidos deben destinar a fortalecimiento de liderazgos femeninos y juveniles

Aprueba IECM cantidades que partidos deben destinar a fortalecimiento de liderazgos femeninos y juveniles
Los partidos políticos con registro en la Capital deberán destinar por lo menos el 5, 3 y 2 por ciento de sus respectivos montos de financiamiento público 2018, al fortalecimiento de liderazgos femeninos y liderazgos juveniles, así como para la generación de estudios e investigación de temas de la Ciudad de México.
En sesión pública, el Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó por unanimidad dicho Acuerdo, basado en el artículo 273, fracción XVII, del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales local.
Ahí se establece que los partidos políticos tienen la obligación de destinar al menos el 5 por ciento del financiamiento público para actividades ordinarias permanentes que se les asigne, para la generación y fortalecimiento de liderazgos femeninos, así como, al menos el 3 por ciento para liderazgos juveniles y otro 2 por ciento para la generación de estudios e investigación de temas de la Ciudad de México.
En el caso de las actividades para el fortalecimiento de liderazgos femeninos, los montos mínimos que deben destinar los partidos oscilan entre los 393 mil y los 4 millones 412 mil pesos, dependiendo del financiamiento público asignado a cada fuerza política para el ejercicio fiscal 2018.
En tanto, para el fortalecimiento de liderazgos juveniles, los montos van de los 235 mil 835 a los 2 millones 647 mil pesos; y para la generación de estudios e investigación de temas de la Ciudad de México, las cantidades oscilan entre los 157 mil 223 y el millón 765 mil pesos.
El detalle de las cantidades líquidas mínimas correspondientes a cada actividad y partido político puede ser consultado en el Acuerdo aprobado por el Consejo General, disponible en la página de internet del IECM.
Durante la sesión pública, fueron presentados ante el Consejo General los programas anuales de trabajo de las comisiones de Participación Ciudadana y Capacitación y de Seguimiento para la Organización y Celebración de Debates a cargo del Instituto Electoral de la Ciudad de México, así el Informe de Actividades de la Junta Administrativa correspondiente al Cuarto Trimestre de 2017 y quinto Informe de la Secretaría Ejecutiva, en materia de Encuestas por Muestreo, Sondeos de opinión, Encuestas de Salida y/o Conteos Rápidos no Institucionales, que tengan como fin dar a conocer preferencias o tendencias electorales, durante el Proceso Electoral Ordinario 2017-2018 en la Ciudad de México.
El Consejo General aprobó también un Acuerdo, mediante el cual el IECM da cumplimiento a la sentencia del Tribunal Electoral local TECDMX-JEL-003/2018, donde se ordena al Instituto la retención de 3 millones 55 mil 44 pesos, respecto de las prerrogativas que recibe el PRD capitalino, a partir de una resolución de la Juez Séptima de Distrito en materia civil en la Ciudad de México, dictada en el Juicio Ordinario Mercantil identificado con la clave de expediente 350/2015-VI.
En la sesión, el Consejo General aprobó además imponer una sanción económica de 4 mil 529 pesos al partido Morena, a partir de una vista del InfoDF al IECM, en virtud de que el instituto político no dio respuesta a una solicitud de información pública, en los tiempos que establece la Ley de Transparencia.
IECM/UTCSYD/034

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