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Aprueba IECM lineamientos para atender quejas y medios de impugnación vía electrónica


* El trámite será a través del correo electrónico oficialiadepartes@iecm.mx

El Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó en sesión pública extraordinaria, los Lineamientos para el uso de tecnologías de la información en la presentación y trámite de las quejas y medios de impugnación ante este organismo autónomo, para atender los que reciba, sin perjuicio de lo que determinen los órganos jurisdiccionales de la materia o de lo que se dicte en los acuerdos o resoluciones a través de sesiones virtuales.
Los Lineamientos aprobados en sesión virtual del Consejo General, transmitida a través del canal de Youtube del Instituto, tendrán una vigencia transitoria, solamente durante el periodo que dure la emergencia sanitaria generada por la epidemia del virus SARS-CoV2 y hasta en tanto el Comité de Monitoreo de la Ciudad de México determine que el color del Semáforo Epidemiológico en esta entidad federativa se encuentra en color amarillo y, por ende, se autorice el regreso del personal a las oficinas del IECM.
La Consejera Electoral Carolina del Ángel Cruz y el Consejero Electoral Mauricio Huesca Rodríguez destacaron la importancia de los referidos Lineamientos, al señalar que ante la emergencia sanitaria derivada de la pandemia por el COVID-19, el IECM consideró necesario utilizar preferentemente las tecnologías de la información en la recepción y trámite de las quejas y medios de impugnación, a efecto de proteger el derecho a la vida y la salud tanto de las personas trabajadoras del Instituto como de la población en general, y también para dar eficacia al derecho de acceso a la justicia reconocido en el artículo 17, párrafo segundo de la Constitución Federal.
“Una vez más, el Instituto Electoral de la Ciudad de México se coloca a la vanguardia, al emitir este tipo de documentos, que no sólo va a compatibilizar el sistema de justicia electoral, la tutela judicial efectiva, el debido proceso de las personas involucradas en el Proceso Electoral que está en puerta, sino que salvaguarda el derecho a la salud”, expuso Huesca Rodríguez.
A su vez, la Consejera del Ángel Cruz señaló que la Comisión Permanente de Asociaciones Políticas que ella preside ha recibido vía electrónica 20 quejas relacionadas con el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021, el cual inicia oficialmente durante la primera semana de septiembre, por lo que era indispensable emitir los lineamientos para que la ciudadanía tenga certeza en que la justicia electoral continúa, pese a la emergencia sanitaria.
Con base en los Lineamientos, la presentación de una queja o medio de impugnación vía electrónica podrá ser a través del correo electrónico oficialiadepartes@iecm.mx; el horario de recepción de quejas y medios de impugnación será de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 19:00 horas, con excepción de los que estén relacionados con vencimiento de términos legales, cuya presentación podrá ser en cualquier día y hora, y la persona interesada en presentar una queja o medio de impugnación deberá dar cumplimiento a los requisitos previstos tanto en la Ley Procesal como en el Reglamento de Quejas, según sea el caso, además debe proporcionar por lo menos un correo electrónico para oír y recibir notificaciones.
De acuerdo con los Lineamientos, el escrito de queja o de medio de impugnación deberá ser impreso y firmado por quien lo suscribe, para posteriormente ser escaneado, archivado en dispositivo electrónico en formato “PDF”, y enviado al correo electrónico referido, donde deberá adjuntar identificación oficial legible, preferentemente la credencial para votar con fotografía, y los anexos correspondientes, de ser el caso.
Los representantes de personas físicas o jurídicas deberán además proporcionar los datos de quien ejerce la representación y adjuntar el documento con el que se acredite esa calidad; además, la parte promovente deberá abstenerse de adjuntar hojas en blanco, folders, micas o cualquier otro tipo de material sin leyenda relevante alguna que tengan como finalidad proteger los documentos que envían por la vía electrónica.
A su vez, el IECM mantendrá bajo reserva todos los datos proporcionados por la parte promovente, ya que se trata de información clasificada como reservada y/o confidencial, de conformidad con la normativa aplicable en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales.
Una vez recibida la queja o el medio de impugnación, o cualquier otro documento relacionado con éstos, el Departamento de Recepción de Documentos procederá a revisar el archivo electrónico y sus anexos, le asignará un número de folio y emitirá el acuse de recibo correspondiente, el cual enviará al correo electrónico proporcionado por la parte promovente, detallando su contenido.
En la sesión pública virtual, el Consejo General aprobó también un Acuerdo, mediante el cual se modifica el apartado “II. DE LA CONSULTA”, subapartado “B) BASES”, en sus bases DÉCIMA, DÉCIMA PRIMERA, DÉCIMA SEGUNDA y DÉCIMA TERCERA; así como en el apartado “III. DE LA ELECCIÓN DE LAS COPACO”, subapartado “B) BASES”, en su base VIGÉSIMA QUINTA de la Convocatoria Única para la Elección de las Comisiones de Participación Comunitaria 2020 y la Consulta de Presupuesto Participativo 2020 y 2021.
Al respecto, el Consejero Electoral Bernardo Valle Monroy señaló la necesidad de adecuar los periodos y modalidades para la celebración de las Asambleas Ciudadanas y la instalación de las Comisiones de Participación Comunitaria elegidas el 15 de marzo, en virtud de la emergencia sanitaria generada por la epidemia del virus SARS-CoV2, a efecto de que continuar con las diversas etapas que establece la Ley de Participación Ciudadana local tanto para dicha Elección, como para la Consulta de Presupuesto Participativo, como fue la toma de protesta virtual de las personas integrantes de las referidas Comisiones.
Con los ajustes aprobados a la Convocatoria Única, las Asambleas previstas para resolver casos extraordinarios registrados durante la pasada Consulta de Presupuesto Participativo, se celebrarán mediante la modalidad presencial, digital o mixta, según sea el caso, a efecto de que en ellas se determinen los proyectos específicos en los que serán aplicados los recursos del Presupuesto Participativo correspondientes a los ejercicios fiscales 2020 y 2021.
Además, los Comités de Ejecución y los Comités de Vigilancia que darán seguimiento a los proyectos específicos que resulten ganadores para los ejercicios fiscales 2020 y 2021, se integrarán en una misma Asamblea, la cual se celebrará mediante la modalidad presencial, digital o a distancia, según sea el caso, atendiendo el procedimiento previsto en la Ley de Participación; y las personas observadoras acreditadas, así como las visitantes extranjeras, podrán observar el desarrollo de las Asambleas de lnformación y Selección.
Lo anterior se realizará atendiendo lo establecido en el “Sexto Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la ejecución del Plan Gradual hacia la Nueva Normalidad en la Ciudad de México y se crea el Comité de Monitoreo”.
Al respecto, la Consejera Electoral Myriam Alarcón Reyes consideró indispensable que el Acuerdo con las modificaciones tenga una amplia difusión, como la que tuvo la Convocatoria Única original, a efecto de que la ciudadanía conozca los términos en los que se dará cumplimiento a las diversas etapas de la Elección de las Comisiones de Participación Comunitaria y de la Consulta de Presupuesto Participativo 2020 y 2021, ante la emergencia sanitaria derivada de la pandemia por el COVID-19.

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