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Resuelve IECM quejas relacionadas con promoción personalizada y violencia política en razón de género

Ciudad de México, 15 de enero de 2026

Boletín de prensa UTCSyD-016

  • La Comisión de Quejas del IECM determinó el inicio de procedimientos por posibles infracciones en materia de promoción personalizada y violencia política contra las mujeres
  • Se declararon procedentes medidas cautelares para el retiro de propaganda y contenidos digitales.

 El Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), a través de su Comisión Permanente de Quejas, analizó y resolvió tres asuntos relacionados con posibles infracciones a la normatividad electoral y de violencia política en razón de género.

En su primera sesión urgente del año, la Comisión aprobó el desechamiento de la queja relacionada con presuntas publicaciones en redes sociales y la colocación de lonas, al considerar que no se contaba con elementos suficientes para presumir, siquiera de manera indiciaria, una vulneración a los principios de equidad y neutralidad, ni la actualización de promoción personalizada. Asimismo, se señaló  que parte del contenido denunciado no fue localizado durante las diligencias practicadas.

En el segundo asunto, la Comisión determinó el inicio de un procedimiento por la posible difusión extemporánea de propaganda vinculada con un informe de labores, conducta  que podría constituir promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos. En este caso, se declaró procedente la adopción de medidas cautelares consistentes en el retiro de la propaganda denunciada.

Finalmente, la Comisión aprobó el inicio de un procedimiento y la adopción de medidas cautelares en un asunto relacionado con publicaciones difundidas en redes sociales y medios digitales con expresiones que, de manera preliminar, podrían constituir violencia política contra las mujeres en razón de género.

Al respecto, se consideró que los contenidos denunciados podrían implicar el uso de estereotipos de género y descalificaciones dirigidas a la denunciante, que preliminarmente podrían constituir violencia simbólica basada en su condición de género.

En este último caso, se ordenó el retiro de contenidos, sin que ello implique un pronunciamiento sobre el fondo del asunto, el cual será analizado por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX).

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