A partir de hoy y hasta el 17 de enero, el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) entrevistará a más de 655 aspirantes a ocupar una de las 160 vacantes a consejeras y consejeros electorales distritales.
Los Consejos Distritales son órganos colegiados de carácter temporal, que funcionan durante los procesos electorales y que, entre otras actividades, determinan la ubicación de las casillas electorales; entregan la documentación y materiales electorales a los Presidentes de las Mesas Directivas de Casilla; reciben los paquetes electorales y la documentación relativa a la jornada comicial, y efectúan el cómputo de la elección de diputaciones de mayoría, declaran la validez de la elección y entregan las constancias correspondientes a la fórmula de candidatas y candidatos a las alcaldías y diputaciones que hayan obtenido el mayor número de votos.
Las entrevistas se llevan a cabo en la sede central de este órgano electoral y están a cargo de las consejeras y consejeros electorales que integran el Consejo General del IECM, con el apoyo de las y los titulares de las áreas del Instituto.
Para la designación de las y los consejeros distritales, se tomarán en consideración, como mínimo, los siguientes criterios orientadores:
- Paridad de género;
- Pluralidad cultural de la entidad;
- Participación comunitaria o ciudadana;
- Prestigio público y profesional;
- Compromiso democrático, y
- Conocimiento de la materia electoral.
Una vez obtenidos los resultados finales de todas las etapas, el Centro de Formación y Desarrollo del IECM integrará las propuestas definitivas para la designación de Consejeras y Consejeros Distritales para cada Distrito, así como de sus suplentes, por género y en estricto orden de prelación de acuerdo a los resultados finales obtenidos.
La propuesta de integración de cada uno de los Consejos Distritales para el Proceso Electoral Local Ordinario 2017-2018, se presentará al Consejo General del IECM, a más tardar el 24 de enero de 2018, y los resultados serán publicados el 25 de enero de 2018.
Las Consejeras o Consejeros Distritales designados rendirán protesta en la fecha que determine el Consejo General en el Acuerdo de designación respectivo y en la sede de la Dirección Distrital correspondiente.