Normatividad

Subcontraloría de Responsabilidades e Inconformidades

Investigación de Presuntas Responsabilidades y Atención a Comités:

Con la implementación del Sistema Local Anticorrupción, la Contraloría Interna del IECM recibe las denuncias antes llamadas quejas, relacionadas con el actuar de las personas servidoras públicas adscritas al IECM, llevando a cabo el procedimiento de investigación, observando los principios señalados en la Ley de Responsabilidades Administrativas en la Ciudad de México; como son legalidad, imparcialidad, objetividad, congruencia, verdad material y respeto a los derechos humanos.

Las denuncias por las cuales la ciudadanía o bien las personas servidoras públicas den a conocer hechos que puedan considerarse como presuntas faltas administrativas (falta administrativa no grave) o la posible comisión de un delito (falta administrativa grave); podrán ser presentadas por medio del correo electrónico de la Contraloría Interna, en escrito de formato libre, o bien acudir a las oficinas que ocupa este Órgano Interno de Control, donde podrán narrar los hechos motivo de su denuncia ante el personal que integra la Contraloría.

La denuncia puede realizarse de manera anónima o identificable (es decir aportando datos personales), mismos que serán debidamente resguardados por la Contraloría.

Concluida la investigación a través de las respectivas diligencias, la autoridad investigadora procederá al análisis de los hechos, así como, de la información recabada, a efecto de determinar la existencia o inexistencia de actos u omisiones que la ley señale como falta administrativa y, en su caso, calificarla como grave o no grane; notificándole al denunciante en el momento procesal oportuno el resultado de la investigación.

Procedimiento de Responsabilidad Administrativa

Mediante la instauración de estos Procedimientos, la ciudadanía tiene certeza de que las personas servidoras públicas adscritas al IECM que incumplan con alguna de sus obligaciones en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, recibirán la sanción establecida por la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México.

Lo anterior a efecto de garantizar a la ciudadanía que las personas servidoras públicas del IECM, se apeguen a lo establecido en las leyes y normas que les son aplicables.

Por lo que en este contexto, la Contraloría Interna substancia los Procedimientos de Responsabilidad Administrativa a aquellas personas servidoras públicas del IECM que incumplen con sus obligaciones y dejan de observar los principios de transparencia, disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia, que deben ser observados en el desempeño del empleo, cargo o comisión que les ha sido encomendado, determinando la existencia o inexistencia de Responsabilidad Administrativa; y en su caso, imponiendo la sanción administrativa correspondiente, en lo relativo a las faltas consideradas como NO GRAVES.

Para el caso de las faltas consideradas como GRAVES, será el Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México quien conocerá de éstos, en términos de lo dispuesto por el artículo 209 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México

Situación Patrimonial y de Intereses – Actos de Entrega-Recepción.

Declaración de Situación Patrimonial y de Intereses:

La Contraloría Interna, es el Órgano Autónomo responsable de la recepción, manejo y custodia de la Declaración de Situación Patrimonial, de Intereses y del Aviso de Cambio de Adscripción de las (os) servidoras (es) públicas (os) adscritas (os) al IECM, por esta razón se pone a su disposición el instructivo y link declara IECM (Declaración en línea) para presentar la Declaración de Situación Patrimonial, la Declaración de Intereses, así como el Aviso de Cambio de Adscripción y de la participación de los Actos de Entrega-Recepción.

Fundamento:

Artículos 102 fracción I, 103 y 105 fracción XIV del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, así como lo dispuesto por los artículos 32, 33, 34 y 48 de la LRACDMX.

Así mismo, deja a su disposición el formato para los casos donde se presente vía escrita, en tanto entre en funciones la plataforma en línea que establece el Sistema Anticorrupción.

Actos de Entrega-Recepción:

Es la obligación que tienen todas las personas servidoras públicas al separarse o incorporarse a un empleo, cargo o comisión en el IECM.

Fundamento:

Artículos 103 y 105 fracción IX del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, Procedimiento para formular Acta de Entrega-Recepción y Aclaración de la misma, Acuerdo IECM/ACU-CG-029/2023.

 

Inklusion
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