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Emite IECM Lineamientos para garantizar paridad de género en postulación de candidaturas a Diputaciones, Alcaldías y Concejalías

Ciudad de México, a 09 de diciembre de 2020

  • Establece lineamientos para asignación de Diputación Migrante
  • Define también reglas para personas servidoras públicas que busquen reelegirse, y medidas de seguridad para simpatizantes durante actos públicos.

El Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó en sesión pública virtual los Lineamientos para la postulación de Diputaciones, Alcaldías y Concejalías en el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021, y los Lineamientos para la asignación de Diputaciones y Concejalías por el principio de representación proporcional, así como de asignación de votos tratándose de coaliciones y candidaturas comunes y asignación de Diputación Migrante.

Ambos lineamientos tienen como principal objetivo garantizar la participación igualitaria de mujeres y hombres en la postulación y el registro de candidaturas, en observancia a los principios de paridad de género establecidos en la Constitución Federal, la Ley General, la Ley de Partidos, el Reglamento, la Constitución Local, el Código y los ordenamientos jurídicos correspondientes que para tal efecto apruebe el Consejo General del IECM.

Al respecto, el Consejero Electoral Bernardo Valle Monroy sostuvo que, mediante los referidos Lineamientos, el IECM garantizará en todo momento el principio constitucional de paridad de género en sus dimensiones horizontal y vertical, así como en la homogeneidad de la fórmula en la postulación de candidaturas para el cargo de Diputaciones al Congreso de la Ciudad de México y Concejalías por el principio de mayoría relativa, así como en las candidaturas para los cargos de titulares de Alcaldías en las 16 Demarcaciones Territoriales de esta entidad.

“Para este Proceso, al igual que en el de 2017-2018, se contemplan bloques de competitividad, tal y como lo establecen el Artículo 256, último párrafo, y el Séptimo Transitorio del Código en la materia. Esta configuración de los bloques de competitividad se establece independientemente de que la modalidad de participación sea en lo individual, coaligado o en candidatura común, y con ello garantizaremos, al igual que en la elección anterior, que la integración del Congreso sea paritaria, para reducir la brecha de desigualdad entre hombres y mujeres”, enfatizó el también presidente de la Comisión de Asociaciones Políticas.

El principio de paridad deberá ser atendido por los partidos políticos también en el caso de la reelección, tanto en sus procesos de selección interna, como en la postulación de sus candidaturas ante el IECM, y en ningún caso se admitirán criterios que tengan como resultado que a alguno de los géneros le sean asignados exclusivamente aquellos Distritos en los que el partido haya obtenido los porcentajes de votación más bajos en el proceso electoral anterior, para lo cual este Instituto determinará los referidos bloques de competitividad, abundó Valle Monroy.

A su vez, el Consejero Electoral Mauricio Huesca Rodríguez destacó la implementación de acciones afirmativas, a efecto de que los partidos políticos procuren incluir en la Lista “A” para la elección de Diputaciones plurinominales, una candidatura perteneciente a personas afrodescendientes, una de personas con discapacidad y una con personas de la diversidad sexual; en tanto que en la Lista para Diputaciones por Mayoría relativa, la postulación de esas candidaturas será obligatoria, al menos con una fórmula, para cada uno de esos grupos.

“En estas últimas décadas, se han desarrollado múltiples esfuerzos desde distintas instituciones, en ánimos de eliminar la discriminación y consolidar una igualdad sustantiva; sin embargo, no pasa desapercibido para esta autoridad que persiste una desigualdad manifestándose por medio de la exclusión social y de la asimetría en materia de derechos humanos”, expresó Huesca Rodríguez.

Al respecto, la Consejera Carolina del Ángel Cruz manifestó su beneplácito por la inclusión de acciones afirmativas que son indispensables ante la evidente segregación social y de la vida pública de aquellas personas que pertenecen a alguno de los grupos de atención prioritaria previstos en la Constitución Política local, por lo que propuso adicionar en los Lineamientos la obligación de incluir en los bloques de competitividad altos y medios a cuotas de jóvenes, indígenas y personas con discapacidad.

“Por supuesto, también es muy importante el tema de 3 de 3, lo cual es indispensable para llevar a cabo un Proceso Electoral congruente con la lucha contra la violencia política en razón de género contra las mujeres”, expuso la Consejera Electoral.

En su oportunidad, el Consejero César Ernesto Ramos Mega habló de los Lineamientos para la asignación de la Diputación Migrante, donde participarán los partidos políticos debidamente registrados, que cumplan la inscripción de una Lista “A”, una Lista “B” y una Lista “A Prima”, y dicha figura corresponderá a las personas que integren la fórmula que hubiere obtenido la mayoría de la votación válida emitida en el extranjero, para lo cual esa fórmula ocupará el primer lugar de los escaños en la asignación de Diputaciones de representación proporcional que correspondan al partido político que la postuló.

En tanto, la Consejera Electoral Érika Estrada Ruiz destacó la importancia de la posibilidad de reelección que tendrán las y los servidores públicos electos en el Proceso anterior, quienes, a través de estos Lineamientos, tendrán la certeza jurídica de cómo hacerlo y cuáles serán las reglas en la contienda.

“Hay un elemento muy importante en los Lineamientos que quiero enfatizar y tiene qué ver con el uso de recursos públicos y la equidad en la contienda, pues quienes tengan interés de reelegirse podrán continuar en el ejercicio del cargo”, expuso Estrada Ruiz.

En materia de reelección, el Consejero Valle Monroy propuso modificar el artículo 68 de los Lineamientos, para establecer que quienes aspiren a una diputación por esa vía puedan ser postulados, independientemente del principio por el que llegaron al Congreso local, es decir, aquellos que fueron electos por Mayoría Relativa pueden postularse por el mismo principio o por el de Representación Proporcional, y viceversa.

La propuesta de modificación del artículo 68 fue aprobada por mayoría del Consejo General, y por unanimidad, se aprobó una adición al artículo 69, a fin de verificar los recursos que están a cargo de funcionarios públicos a los que tienen acceso y no se haga mal uso de ellos.

A su vez, la Consejera Electoral Sonia Pérez Pérez explicó que los Lineamientos relacionados con la reelección fueron construidos, a partir de lo que establecen las normas en materia electoral y la Carta Magna local, así como en criterios de las instancias jurisdiccionales respecto de lo que establece el Artículo 134 Constitucional en cuanto al uso de recursos públicos y rendición de cuentas.

Por su parte, el Consejero Presidente del IECM, Mario Velázquez Miranda, precisó que la Constitución Política de la Ciudad de México indica cuáles son las limitantes de la postulación de las personas servidoras públicas que buscan reelegirse, y en razón de ello, este Instituto estableció los lineamientos, sin ir más allá de esas limitantes.

El Consejo General aprobó además las medidas de neutralidad que deberán observar las personas servidoras públicas, así como las medidas de protección para quienes acudan a eventos públicos, con motivo del Proceso Electoral Local Ordinario 2020- 2021.

En las Medidas de neutralidad, se establece que las personas servidoras públicas de los tres órdenes de gobierno en el ámbito geográfico de la Ciudad de México, incluidas aquellas que busquen la reelección en el cargo, deberán abstenerse de efectuar campañas de promoción personalizada, a través de inserciones en prensa, radio, televisión o Internet incluidas las redes sociales, así como en bardas, mantas, volantes, anuncios espectaculares u otros similares; así como en la difusión de los programas sociales y de las acciones institucionales de beneficio social.

En tanto, las medidas de protección para quienes asistan a eventos públicos, establecen las reglas que deberán ser atendidas, tomando como referencia lo establecido en el Plan gradual hacia la nueva normalidad en la Ciudad de México y los lineamentos para su ejecución, así como las demás disposiciones que al efecto emitan las autoridades sanitarias y el Consejo General del IECM.

En ese sentido, se indica que los partidos políticos, precandidaturas, candidaturas y personas servidoras públicas tendrán la obligación de observar los protocolos sanitarios que emitan tanto las autoridades de salud local y federal; así como aquellas que ha emitido y emita el IECM, tanto para actividades de campo como para actividad en las propias instalaciones.

Boletín de Prensa IECM-UTCSyD-211

 

 

 

 

 

 

 

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