El 12 de agosto entró en vigor la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México, la cual, sustituye a la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal y trae algunos cambios en materia de participación.
Si deseas conocer los más importantes, ¡sigue leyendo!
Primero, debes saber que esta Ley define 3 tipos de democracia:
- Democracia directa: Aquella por la que tú como ciudadano puedes pronunciarte (mediante determinados mecanismos) en la formulación de las decisiones del poder público.
- Democracia participativa: La que reconoce nuestro derecho a la participación individual o colectiva en sus diversas modalidades, ámbitos e instrumentos de manera autónoma y solidaria.
- Democracia representativa: Con ella, el ejercicio del poder público se da a través de representantes (elegidos con nuestro voto) que fungen como portavoces de intereses generales, respetando reglas y mecanismos institucionales.
¿Cuántos mecanismos e instrumentos tendremos para participar?
La Ley establece 20, de los cuales:
6 son mecanismos de Democracia Directa:
- Iniciativa Ciudadana
- Referéndum
- Plebiscito
- Consulta Ciudadana
- Consulta Popular
- Revocación del Mandato
6 son instrumentos de Democracia participativa:
- Colaboración Ciudadana
- Asamblea Ciudadana
- Comisiones de Participación Comunitaria
- Organizaciones Ciudadanas
- Coordinadora de Participación Comunitaria
- Presupuesto Participativo
8 son instrumentos de Gestión, evaluación y control de la función pública:
- Audiencia Pública
- Consulta Pública (IECM brinda asesoría para el desarrollo)
- Difusión Pública
- Rendición de Cuentas (IECM recaba firmas mediante su plataforma)
- Observatorios Ciudadanos (los registra, recibe reporte de financiamiento y publica directorio de observatorios)
- Recorridos Barriales
- Red de Contralorías Ciudadanas
- Silla Ciudadana
¿Quiénes serán las autoridades encargadas de la democracia directa y participativa?
Según el Artículo 14, son siete:
- Titular de la Jefatura de Gobierno
- Congreso
- Alcaldías
- Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM)
- Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX)
- Secretaría de la Contraloría General
- Sala Constitucional
Ellas se asegurarán de que los mecanismos cumplan con parámetros internacionales de accesibilidad que garanticen la participación de todas y todos.
También deberán:
- Realizar cursos y campañas de formación, sensibilización y difusión de los valores y principios de participación ciudadana
- Construir ciudadanía y cultura democrática
- Formar y capacitar servidores públicos en materia de participación, democracia directa y democracia participativa
- Fortalecer a las organizaciones ciudadanas, comunitarias y sociales
- Difundir los mecanismos e instrumentos de participación ciudadana, y órganos de representación ciudadana para que los conozcas
¿Plataformas de participación digital?
Éstas serán una nueva herramienta para que autoridades, ciudadanía, vecinos y habitantes de la ciudad interactúen entre sí.
Tendremos dos:
– La plataforma de participación del IECM
– La plataforma de participación del Gobierno de la Ciudad de México
Y ambas deberán:
- Fungir como repositorio digital de información documental, convocatorias para los 19 mecanismos, etc.
- Garantizar la protección de datos personales y el manejo de información.
- Contemplar protocolos de seguridad de la información y ciber seguridad.
Debes saber que habrá un Comité Técnico Permanente integrado por representantes de diversas dependencias, para garantizar y vigilar la integridad de la información resguardada, los protocolos de ciber seguridad, interoperabilidad y protección de datos personales.
Conoce más al respecto con la siguiente información:
- Infografia de la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México
- Infografía de los cambios a la Consulta Ciudadana sobre Presupuesto Participativo
- Infografía de la diferencia entre los Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos y las Comisiones de Participación Comunitaria
- Descarga la nueva Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México