Es una organización de ciudadanas y ciudadanos, registrada ante este Instituto Electoral que tiene entre sus fines:
• Promover la organización y participación de la ciudadanía en la vida democrática.
• Hacer posible el acceso de la ciudadanía al ejercicio del poder público, a través de las elecciones.
• Formar ideológica y políticamente a la ciudadanía y prepararla para ejercer cargos de elección popular como la jefatura de gobierno, diputaciones y titulares de alcaldías y concejalías.
Entre otros, los partidos tienen los siguientes derechos:
• Participar en el proceso electoral, a través de las candidaturas que postula.
• Recibir financiamiento público y privado para la realización de su actividades.
• Nombrar personas representantes ante el Instituto Electoral.
• Tener espacios en radio y televisión para promover sus acciones, programas y políticas en beneficio de la sociedad.
Entre otras, los partidos tienen las siguientes obligaciones:
• Realizar todas sus actividades dentro de los cauces legales.
• Tener órganos directivos y comunicarlos al Instituto Electoral.
• Utilizar el financiamiento público para los fines que les es otorgado.
• Garantizar la participación de las mujeres en la toma de decisiones.
Es una organización de ciudadanas y ciudadanos, registrada ante este Instituto Electoral que tiene entre sus fines:
• Coadyuvar al desarrollo de la vida democrática de las y los habitantes de la Ciudad de México, mediante el desarrollo de una cultura política sustentada en la tolerancia, respeto a la legalidad y la creación de una opinión pública mejor informada.
• Promover la educación cívica de las y los habitantes de la Ciudad de México y la participación ciudadana en las políticas públicas del órgano ejecutivo de esta entidad.
Entre otros, las agrupaciones políticas locales tienen los siguientes derechos:
• Formar frentes.
• Constituirse como partido político local.
• Tomar parte en los programas del Instituto Electoral, destinados al fortalecimiento del régimen de asociaciones políticas.
• Proponer al Instituto Electoral la realización de acciones con grupos específicos, orientadas a la construcción de ciudadanía y colaborar en su desarrollo.
Entre otras, las agrupaciones políticas locales tienen las siguientes obligaciones:
• Conducir sus actividades dentro de los cauces legales.
• Tener órganos directivos y comunicarlos al Instituto Electoral.
• Remitir informes periódicos en los que dé cuenta de sus acciones con la ciudadanía.
• Garantizar la participación de las mujeres en la toma de decisiones.
• Abstenerse de recurrir a la violencia y a cualquier acto que tenga por objeto o resultado alterar el orden público, el goce de los derechos humanos o impedir el funcionamiento regular de los órganos de gobierno.
• No utilizar, en ninguna circunstancia, las denominaciones de "partido" o "partido político".
Si aún tienes dudas sobre el procedimiento para constituirte como partido político local o agrupación política local, puedes consultar la página oficial https://www.iecm.mx/ o bien, llamar al teléfono 55-54-83-3800, extensiones 4211, 4225 y 4294.